Ante la declaración del estado de alarma en el conjunto de España, la ciudadanía puede tener determinadas dudas sobre si se pueden hacer o no determinadas actividades. Aquí tienes la respuesta a algunas dudas en este sentido.
¿Puedo sacar el perro a la calle?
SÍ. Una sola persona podrá acompañar al perro para que pueda dar un paseo breve, pero se evitará en todo momento el contacto con otras personas.
¿Puedo salir a correr, en bicicleta o pasear?
NO. Esta actividad al aire libre queda restringida.
¿Puedo sacar a los niños y niñas a jugar al parque o en espacios comunes?
Los niños y las niñas deben permanecer en su casa excepto por causa de fuerza mayor.
¿Puedo circular con el coche?
SÍ, pero sólo para ir a comprar alimentos y productos de primera necesidad, al médico, al banco, a la gasolinera, al trabajo u otros comercios abiertos al público. Y -muy importante- si lo hago, tengo que hacerlo solo.
¿Qué comercios podrán permanecer abiertos al público?
Venta de alimentos, productos sanitarios y de primera necesidad, venta de prensa y papelería, estanco, peluquerías, ópticas, ortopedias, tiendas de alimentación para animales, tintorerías o tiendas de servicios permanecerán abiertos. Solo se podrá permanecer en ellos el tiempo imprescindible y se mantendrán las medidas de alejamiento y de no concentración de personas.
¿Estarán abiertos bares, cafeterías y restaurantes?
Solo podrán continuar funcionando si ofrecen el servicio de «comida a domicilio». En ningún caso, se podrán consumir alimentos o bebidas en el interior.
¿Qué sucede con las actividades de ocio, culturales y deportivas?
Todas permanecerán suspendidas.
¿Puedo visitar a los amigos?
NO. No es una de las circunstancias previstas dentro del conjunto de situaciones que nos permite salir de nuestra casa (trabajo, compra de alimentos, etc.)
¿Y a los familiares?
NO, tampoco, salvo que se trate de personas mayores, dependientes, discapacitadas o especialmente vulnerables que necesiten ayuda o asistencia. Los mayores y las personas con patologías tienen un riesgo más elevado de contagio y de sufrir gravemente la enfermedad.
¿Es necesario llenar la despensa para resistir 15 días?
El abastecimiento de las tiendas y supermercados está asegurado y se puede acudir a hacer la compra.
Si no cumplo con las normas establecidas, ¿me pueden sancionar?
SÍ. El decreto no precisa las sanciones, multas o penas que deben aplicarse. Se remite a las leyes vigentes. Sin embargo, los cuerpos de seguridad podrán levantar actas.
¿Las prohibiciones de estacionamiento siguen vigentes?
NO. Se puede estacionar libremente, sin pagar, en la zona azul.
¿Estarán abiertos los servicios del Ayuntamiento?
Todos los servicios municipales están cerrados al público. La atención es telefónica en el número 971 78 81 00. Solo en casos excepcionales, se valorará atención presencial con cita previa.
¿Se hará la recogida de basuras?
SÍ. La recogida de basuras se garantiza diariamente.
¿La Deixalleria (Punt Verd) estará abierta?
Los parcs verds permanecerán cerrados.
¿Se celebrarán los mercados semanales?
SÍ. En cada uno de los núcleos, excepto el del polígono de los domingos.
¿Continúan vigentes las normas respecto a carga y descarga?
SÍ. En este sentido, todo sigue igual.
¿Puedo pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)?
Se debe hacer la consulta a las mismas estaciones de la ITV, telefónicamente.
Si tengo una citación judicial por estos días, ¿debo personarme en el Juzgado?
Será conveniente que lo consultes telefónicamente con el abogado, el procurador o al mismo juzgado. Dependerá de las diligencias a practicar.